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DOCENTE DRA. MARINA ROJAS ABOGADA DE LA UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA-BOGOTA CARGO ACTUAL JUEZ PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO CUCUTA PALACIO DE JUSTICIA. ESPECIALIZACIONES DERECHO DE FAMILIA Universidad Libre de Colombia-Bogotá, 1976. DERECHO PROCESAL Universidad Libre Seccional Cúcuta, 1991. DOCENCIA UNIVERSITARIA Universidad Libre Seccional Cúcuta, en convenio con la Universidad OSCAR LUCERO MOYA de LA REPUBLICA DE CUBA, 1997. DIPLOMADOS En Investigación y Docencia 2007. En Docencia y Calidad Educativa. Elementos de Practica Procesal, Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, (2007). EXPERIENCIA EN LA RAMA JUDICIAL Oficial mayor y secretaria, Juzgado 2 Penal Municipal de Fontibon Cundinamarca. Juez Promiscuo Municipal de Durania, N de S. Juez Sexto Civil Municipal de Cúcuta. Juez Tercero Civil del Circuito, de Cúcuta, N de S. Juez primero civil del Circuito, de Cúcuta, N de S. (CARGO ACTUAL)
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miércoles, 2 de junio de 2010

PREGUNTAS DERECHO CIVIL WWW.TUSOLUCIONLEGAL.COM

DERECHOS REALES

* ¿Qué son Los derechos reales?

Los derechos reales son el poder de disposición sobre un bien o cosa, en forma total o parcial. En otras palabras, que la persona tiene una relación y derechos de realizar negocios o actos jurídicos en forma directa con el bien y que las demás personas están en la obligación de respetarlo.

* ¿Cuáles son Los derechos reales?

Son derechos Reales:

- El Dominio o Propiedad.

- Derecho de uso o Habitación.

- Servidumbre.

- La Prenda.

- La Hipoteca.

- Anticresis.

- Retención.

- Arrendamiento.

- Usufructo.


DERECHO DE DOMINIO O PROPIEDAD

* ¿Qué es el derecho de dominio?

Es el derecho de pleno ejercicio, sobre una cosa caracterizado por : i-) Servirse (uso) de la cosa ej: ( vivir en una casa, sembrar); ii-) gozo, es el percibir los frutos, rentas y beneficios que produzca directa o indirectamente el bien ; iii-) Disposición, es la facultad de. Transformar, destruir, constituir sobre ellos otros derechos reales como: Hipoteca, prenda.

* ¿Cuáles son las clases de propiedad?

Existen cuatro clases de propiedad las cuales son: i-) Propiedad absoluta; ii.) Propiedad Plena; iii.) Nuda propiedad; Propiedad fiduciaria;i iii.) Propiedad plural; Propiedad horizontal.

* ¿Qué es al nuda propiedad?

la nuda propiedad: es donde el uso y el goce lo tiene una persona y la disposición la tiene otra persona, por un plazo o por el lapso de vida;

* ¿Qué es la propiedad fiduciaria?

La propiedad fiduciaria: Está sometida a transferencia de una tercera persona, a el cumplimiento de una condición o plazo, a la constitución de una propiedad fiduciaria; Es el caso en que el abuelo le da al padre de su nieto para que transfiera un bien a este a penas este cumpla 18 años; Propiedad Absoluta: Es en la que el titular ejerce las facultades de uso, goce, disposición sin limitación alguna.

* ¿Qué es la propiedad horizontal?

En ella concurre la propiedad unitaria y la no dividida materialmente, en ella el propietario ejerce el derecho en forma plena, sobre su apartamento, local, oficina, consultorio, el tiene una cuota común sobre los bienes comunes como lo son el techo, suelo, escaleras, corredores, portería etc, , de igual modo las partes comparten una salida común, este régimen se constituye por el constructor por escritura pública, de igual modo las reglas de convivencia se determinan por la ley o tras por la misma comunidad.

* ¿Qué es la propiedad plural?

La comunidad es un bien como un terreno o casa que unas personas comparten y ejercen su derecho sobre la misma cosa, para ser copropietario se necesita escritura pública, la administración se elige por los propietarios comuneros por su voluntad o por orden judicial; cada comunero esta obligado a efectuar su cuota para manutención, mejoras, seguridad, etc.

* ¿Qué es el modo?

El modo es el como se adquiere el derecho de propiedad sobre un bien o cosa.

* ¿Qué es el título?.

Es como se hizo la transferencia del derecho de propiedad a otra persona, son los requisitos para crear el respectivo derecho.

* ¿Cuales son los modos?

Los modos de adquirir el derecho de propiedad son: la ocupación, La accesión, la prescripción, la tradición( entrega de la cosa), la sucesión por causa de muerte.

1 comentario:

  1. el poder de disposición sobre un bien o cosa,fosyga afiliados
    y en forma total o parcial es decir, que la persona tiene una relación y derechos de realizar negocios o actos jurídicos en forma directa con el bien y que las demás personas están en la obligación de respetarlo.

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